Castilla la Mancha



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     INCIDENCIAS | Incidencias de devolución
    






Información sobre las incidencias de anulación (resto de casos)


Las incidencias de anulación (resto de casos) deberán usarse para solicitar la anulación de un certificado que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

a) El certificado se ha diligenciado por error en eDice al tratarse de un certificado con proyecto o con algún uso que no está contemplado en esta aplicación (por ejemplo, un certificado de instalación temporal).
b) Que un mismo certificado haya sido diligenciado por duplicado en eDice como consecuencia de no haber recibido la primera vez la confirmación de diligenciado correcto.
c) Cualquier otra situación convenientemente justificada de no validez del certificado diligenciado.

En cualquiera de los tres casos, será necesario justificar convenientemente el motivo de la anulación para que el Servicio responsable de la tramitación de la incidencia pueda resolverla favorablemente. Si la anulación se debe a que un certificado no puede diligenciarse a través de eDice por ser de una clase no contemplada por la aplicación (caso 'a'), deberá remitirse al técnico del Servicio responsable una copia compulsada del boletin sellado en la Delegación correspondiente que sustituye al tramitado a través de eDice. Para el resto de casos, será preciso enviar toda la documentación que sea necesaria para dar validez a la incidencia, pudiendo el Servicio reclamar toda aquella que considere oportuna para tal fin.
En cualquier caso es recomendable hacer uso de la CONSULTA POR INSTALADOR antes de solicitar algun tipo de incidencia, especialmente si el caso que se contempla es el b).

Le recordamos que tal y como establece la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias sólo se tendrá derecho a la devolución del importe de las tasas que hubiera satisfecho, o de su exceso, cuando, por causas no imputables al mismo, no se hubieran prestado las actividades o servicios gravados, o cuando los ingresos sean declarados indebidos, total o parcialmente, por resolución administrativa o sentencia judicial firme.

Le avisamos que el plazo máximo establecido para la resolución de una incidencia de devolución de tasas será de 20 días naturales desde la fecha en la que tuvo lugar la incidencia.